Según el artículo 495 de código
del comercio “la carta de crédito” tiene por objeto realizar un contrato de
cambio condicional celebrado entre “el dador y el tomador” cuya perfección pende
de que este haga uso del crédito que aquel que le abre.
PERSONAS QUE INTERVIENEN
EL DADOR: Es la persona que otorga el crédito, o sea, la que expide
la carta “orden” de entrega una determinada cantidad dinero.
EL TOMADOR: Es el beneficiario de crédito, o sea el portador de la
carta.
CORRESPONSAL: Es la persona que hace las entregas respectivas del dinero el contrato
de cambio condicional queda perfeccionado si el tomador hace uso efectivo del
crédito que se concede, tomando todo o parte del mismo. De lo contrario, el documento otorgado que era sin efectivo.
SOLICITUD DE CRÉDITO
Es el documentos que se redacta con el fin de solicitar un crédito, fijando la cantidad del préstamo en letras y números, la razón en la que se va a invertir, el plazo, y garantía. Además de la presentación de algunos requisitos, como son:
- Copia de documentos personales, cédula y certificado de votación
- Copia de servicio básico
- Rol de pagos o certificado de ingresos
- Prenda o garantía personal, hipotecaria (según el monto del crédito)
FORMULARIO PARA SOLICITUD DE CRÉDITO
Es un documentos pre-impreso que las entidades bancarias utilizan para la aprobación de un crédito, de igual manera debe adjuntarse documentos de respaldo como los arriba mencionados.
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